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Presupuesto universitario. Declaración del Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República

Cuerpo

Ejecutivo destina a Udelar en 2016 incremento menor al 5% del presupuesto actual.

El Consejo Directivo Central (CDC) de la Universidad de la República (Udelar) señaló el martes 1° que el proyecto presupuestal del Poder Ejecutivo implica «menos del 30% de la solicitud universitaria para 2016»

, lo que «significa un incremento menor al 5% del presupuesto actual de la institución».

En su declaración, el CDC recuerda que la Udelar tuvo «fuertemente» en consideración las metas manifestadas por el Poder Ejecutivo de alcanzar al fin del período el 6% del PBI para educación pública y 1% del PBI para investigación y desarrollo. Sin embargo, el proyecto del Poder Ejecutivo «no contempla una hoja de ruta, ni permite visualizar los modos para alcanzar las metas antes indicadas al fin del quinquenio».

Esta Ley de presupuesto plantea «incrementos insuficientes para las remuneraciones del personal docente y no docente -la masa salarial se incrementaría en menos del 4% anual»-, y afecta «los gastos e inversiones de toda la institución (excluído el Hospital de Clínicas), particularmente el plan de obras que fue concebido hasta el año 2020 y el mantenimiento de los edificios históricos y nuevos de la institución». Igualmente imposibilita «los planes de desarrollo para la mejoría de la calidad de la enseñanza y un amplio plan de becas estudiantiles». A seguir el texto completo.

 

La Udelar ha rendido cuentas de su gestión

«El Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, en su sesión del 1.° de setiembre de 2015, en relación con el proyecto de Presupuesto 2016 – 2019, elevado por el Poder Ejecutivo el 31 de agosto, realiza las siguientes consideraciones iniciales:

1. Al elaborar su solicitud presupuestal la Universidad de la República (Udelar) tuvo fuertemente en consideración las metas manifestadas por el Poder Ejecutivo de alcanzar al fin del período el 6% del Producto Bruto Interno (PBI) para la educación pública y el 1% del PBI para las inversiones en investigación y desarrollo. La solicitud universitaria fue realizada tomando los montos más bajos de participación en los últimos años en esos porcentajes. Por detalles de la solicitud universitaria ver http://www.universidad.edu.uy/renderResource/index/resourceId/37663/siteId/1

2. El proyecto del Poder Ejecutivo no contempla una hoja de ruta, ni permite visualizar los modos para alcanzar las metas antes indicadas al fin del quinquenio.

3. El proyecto del Poder Ejecutivo dispone “recursos incrementales para [...] los años 2016-2017”, en lugar de prever recursos incrementales para todo el quinquenio. Esta restricción, sin una previsión de más largo plazo, trae grandes perjuicios para la toma de decisiones en instituciones, como la Udelar, en que la planificación de largo plazo es inherente a sus fines y definiciones.

4. Preocupa el artículo 49 del proyecto de Presupuesto en cuanto obliga a suscribir compromisos de gestión con el Poder Ejecutivo e introduce formas de control sobre los entes de enseñanza expresamente excluídos por el texto constitucional. La Udelar ha rendido cuentas detalladamente de su gestión no sólo cuantitativamente y no sólo a pedido de diversos organismos estatales, sino por voluntad propia tal como se refleja, en particular, en la solicitud ahora presentada por la institución que incluye un capítulo sobre “La Universidad hoy”.

5. El proyecto del Poder Ejecutivo implica:
a) menos del 30% de la solicitud universitaria para 2016; esto significa un incremento menor al 5% del presupuesto actual de la institución;

b) incrementos insuficientes para las remuneraciones del personal docente y no docente: la masa salarial se incrementaría en menos del 4% anual. Incluso preocupa la inexistencia de un artículo en que se atiendan las adecuaciones de las remuneraciones para mantener el poder adquisitivo de los salarios debido a la inflación, artículo que estuvo incluído en todas las leyes presupuestales anteriores (por ejemplo en el artículo cuarto de la Ley 18719 del Presupuesto 2010-2014);

c) congelar los gastos e inversiones de toda la institución (excluído el Hospital de Clínicas), rubros que no han recibido actualizaciones en los últimos años. Esto afecta particularmente el plan de obras que fue concebido hasta el año 2020 y el mantenimiento de los edificios históricos y nuevos de la institución;

d) imposibilitar los planes de desarrollo para la mejoría de la calidad de la enseñanza y un amplio plan de becas estudiantiles, presentados en la documentada solicitud de la institución;

e) comprometer la satisfacción de la demanda creciente por educación terciaria y superior en el país, en particular en áreas estratégicas. Este crecimiento ha sido satisfecho adecuadamente por la Udelar tal como muestran las estadísticas respecto de número de estudiantes y egresados de grado y postgrado».
 

FUENTE: http://www.universidad.edu.uy/prensa/renderItem/itemId/37847/refererPag…

Publicado en:
Resoluciones
Resolución del Consejo Directivo Central
Publicado el Viernes 4 Septiembre, 2015

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