Comunicado Nro. 3/26
Visto: Que la Sección Personal debe actualizar los datos de los funcionarios TAS y docentes que perciben beneficios sociales: Hogar Constituido y Asignación Familiar; Sección Personal informa: Que los funcionarios TAS y docentes que tengan derecho a percibir Beneficios Sociales deberán actualizar las Declaraciones Juradas anteriores al 01/01/2025.
Asimismo, aquellos funcionarios que entiendan que, sus datos personales (correo electrónico, domicilio, teléfono, credencial cívica, etc.) han sido modificados, deberán comunicarlo en la Sección Personal.
- Hogar Constituido
Normativa: Decreto Ley 15.728, Ley 15.748 del 14/04/1985; art. 866 ley 18.719
Concepto: Beneficio que el funcionario/a tiene derecho a percibir si se da alguna de estas condiciones:
- es casado/a o cuenta con declaración judicial de reconocimiento de unión concubinaria (de conformidad con lo dispuesto en la ley 18.246)
- tiene a su cargo familiar hasta el 2° grado de consaguinidad inclusive
- su cónyuge y/o los familiares a su cargo comparten su domicilio
- Asignación Familiar
Normativa Leyes Nos. 12.801 del 30/ 2/ 1960, 13.737 del 09/01/69, 16.697 del 25/ 04/1997 y 17.856 del 08/12/2004
Concepto: Apoyo económico que por mandato legal se brinda a los empleados públicos y privados que presentan las siguientes condiciones:
- funcionarios cuyo núcleo familiar no supere el ingreso de 10 B.P.C.
- se percibe por hijos menores a cargo, hasta el 4° grado de consanguinidad, cuya tenencia esté debidamente comprobada
Para determinar el nivel de ingresos deberá completarse una declaración jurada en la que se computarán los ingresos salariales de cónyuges o del concubino que resida en el mismo domicilio del atributario.
Importante:
- Las declaraciones juradas se entregarán en Sección Personal: de lunes a viernes de 10 hs a 12 hs,
- Plazo de presentación: 01/05/2026 al 31/05/2026
- La Declaración Jurada debe tener timbre profesional.
- A los funcionarios que al 31/5/2026 no hayan presentado la Declaración Jurada, se les dará de baja aquellos beneficios sociales que perciba, a partir del sueldo de junio/2026.
Quedan excluidos de su presentación los funcionarios/as que a partir del año 2025 actualizaron su declaración jurada por haber tomado posesión de un nuevo cargo.