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Resolución Nº 23 del Consejo de Facultad en sesión de fecha 02/05/12

Cuerpo

EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 2 DE MAYO DE 2012, ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: 

 
23.
(Exp. Nº 190011-001691-11)  -  Se resuelve:

1) Tomar conocimiento y aprobar el presente documento con la siguiente redacción:

"La implementación de Posgrados Formación Permanente en la Facultad de Psicología partir de 2009 se sostiene en la concepción de:

No escolarizar dicha formación, es decir, no reducirla a cursos.

No verticalizar los Posgrados Formación Permanente, en contraposición transverzalizar con otros espacios universitarios el acceso la formación que se pretende. En este sentido, los conocimientos requeridos se pueden producir en el marco de propuestas de Posgrado organizadas en la Facultad de Psicología, así como en el marco de propuestas de Grado, Formación Permanente Posgrado de otros centros de formación. cada vez más, la formación universitaria junta mezcla en propuestas específicas, estudiantes de Grado, Formación Permanente Posgrado. Esta es la expresión fidedigna de Sistema Integrado de Grado, Formación Permanente Posgrado. Más aún, una organización del Grado en base créditos, permitirá que los estudiantes de Grado puedan cursar actividades de Formación Permanente y/o Posgrados validarlo en el Grado.

La enseñanza en los Posgrados

Los lineamientos del Trabajo de Enseñanza de la Facultad de Psicología para contribuir al Desarrollo Académico (Resolución Nº del Consejo de Facultad del 15/06/11) hace sinergia con las acciones que se han concretado para el mejoramiento de la Carrera Docente. En particular, los puntos 3, establecen:

"J) Todos los docentes de la Facultad de Psicología con titulo de Doctorado y/o Magister, ofrecerán al menos un curso de Posgrado (Doctorado y/o Maestría y/o Especialización) en el transcurso del año lectivo.

4) Todos los docentes de la Facultad de Psicología Grados 111, IV o V, sin titulo de Posgrado con titulo de Especialización, dictarán al menos un curso de Formación Permanente en el transcurso del año lectivo.

5) Los docentes de la Facultad de Psicología con titulo de Doctorado y/o Magister debidamente reconocidos por la UR y/o aquellos integrantes del SNI, sujetos las definiciones de la Ordenanza de Posgrados, podrán realizar simultáneamente hasta tutorías y/o co-tutorías de posgrado, excepto manifestación expresa del docente.

Dichas definiciones son convergentes con orientaciones ya definidas:

a) Impulsar la convergencia de grados superiores altas cargas horarias.

b) Que los docentes de grado superior fortalezcan su curriculum académico, incorporando al mismo la Tutoría de Tesis de Posgrado el dictado de cursos de Posgrado Formación Permanente.

c) En consonancia con este punto, se señala que la Propuesta de Desarrollo Académico de la Carrera Docente de la Facultad de Psicología (Resolución N°32 del Consejo de Facultad del 10/08/2011), establece que "en el marco de una búsqueda de continuar promoviendo alta calidad en el trabajo académico, es imprescindible que la Facultad cuente con un mayor número de docentes con altas dedicaciones, posgrados finalizados dedicaciones totales", en particular haciendo referencia los grados superiores, lo que también apunta al fortalecimiento de su desarrollo académico.

d) En lo que refiere a las características de las propuestas de cursos de Formación Permanente Posgrado, corresponde que, según el documento Lineamientos del Trabajo de Enseñanza de la Facultad de Psicología para contribuir al Desarrollo Académico (Resolución N° del Consejo de Facultad del 15/06/11), deben dictar anualmente un mínimo de 5 horas presenciales. Este punto refiere a docentes con una carga horaria mínima de 20 horas.

e) En lo que respecta la asignación de recursos presupuesta les para Posgrados y Formación Permanente se orientará por las resoluciones tomadas por el Consejo de donde se desprenden los siguientes lineamientos:

El fortalecimiento del Sistema Integrado Integral de Grado, Formación Permanente

Posgrado.

La continuidad de las políticas para la Carrera Docente que procuran el ascenso de grado, la consolidación de cargos las altas dedicaciones.

Una asignación móvil de tareas.

f) En el caso de docentes de la FP-UR no se asignarán Extensiones Horarias Dedicaciones

Compensadas por concepto de enseñanza de posgrado formación permanente, en tanto están enmarcadas en la función en la carga horaria del docente.

g) En el caso de docentes extranjeros, se continuará procurando asegurar su participación en el marco de convenios contando con fondos concursables".

2) Encomendar a la Comisión de Posgrado y a las Direcciones de las Maestrías a que coordinen e instrumenten la convocatoria a propuestas de actividades de Posgrado y Formación Permanente de los docentes de FP-UR, a desarrollarse durante 2012, elevándolas al Consejo de Facultad con plazo al 15/05/12.

3) Convocar a los Directores de los Institutos a difundir e instrumentar la presentación de las propuestas a elevar. Distribuído Nº 1425/11.-9/9

 

Publicado en:
Resolución del Consejo de Facultad
Publicado el Martes 8 Mayo, 2012

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