Egresó como psicólogo del Instituto de Psicología para luego asimilarse a Facultad de la Universidad de la República en el año 1989. En 1994 obtuvo el título de especialista en la Problemática de Uso Indebido de Drogas en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Tiene estudios hechos en Psicología Social y en Psicodrama Psicoanalítico, así como cursos y pasantías vinculadas a la Psicología Comunitaria y a la Psicología de la Salud, entre otros. En la actualidad cursa un doctorado en Estudios Sociales en América Latina en la Universidad Nacional de Córdoba.
Tras iniciar su carrera docente en el año 1985, actuó en forma ininterrumpida en la Udelar, y se incorporó en distintos equipos, asumiendo altas responsabilidades académicas e institucionales. Desde agosto de 2021 es Profesor Titular (Grado 5) del Instituto de Psicología de la Salud, y es parte del programa Concepciones, determinantes y políticas en salud. Desde 2012 se desempeña como co-coordinador del Programa de Practicantes y Residentes en Servicios de Salud, en convenio entre la Facultad de Psicología y ASSE, con presencia en varios departamentos del país.
En su actividad profesional integró equipos técnicos de numerosos proyectos socio educativos y comunitarios, trabajando desde organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas. De 1994 a 2016 desarrolló intensa actividad en el área de prevención social comunitaria de la ONG Encare, especializada en la prevención y asistencia a problemas vinculados al uso de drogas.
Participó en en numerosos proyectos de extensión universitaria y orientó a estudiantes en el diseño e implementación de iniciativas de trabajo con colectivos sociales. Integra desde hace años el Grupo Articulación Interdisciplinaria en el primer nivel de atención en salud, desde donde se desarrolla una práctica inter servicios en una localidad de Ciudad del Plata. También participó y coordinó el Núcleo Interdisciplinario Pensamiento Crítico en América Latina y Sujetos Colectivos.
Fue integrante y coordinador de varias investigaciones. En los últimos años estas se orientaron al estudio de la inserción de la Psicología en los servicios de salud en el marco del cambio de modelo de atención. Actualmente también coordina el equipo interservicios de Uruguay, como parte del proyecto internacional de investigación sobre la salud mental del personal de la salud en el contexto de pandemia por Covid 19 (COVID-19 HEalth caRe wOrkErS – HEROES). Realizó varias publicaciones y artículos científicos, así como participado en numerosos eventos académicos, en calidad de expositor, coordinador y organizador.
Su eje de interés, trabajo universitario de enseñanza, extensión y producción científica y académica, se centra en las determinaciones sociales y las políticas públicas en salud, los desarrollos latinoamericanos en Psicología de la Salud, el cambio de modelo de atención con la perspectiva de APS, el campo de la salud mental con perspectiva de derechos, las prácticas sociales despatologizadoras y desmanicomializadoras, los enfoques críticos, decoloniales y participativos en salud colectiva.
Participación y salud. Intervenciones socio comunitarias. Políticas en drogas. Intervenciones comunitarias en problemas vinculados al uso de drogas.
Instituto de Psicología de la Salud
Dirección: Tristán Narvaja 1674 (EDIFICIO CENTRAL)
Ubicación: NIVEL 1
Teléfono: (598) 2400 8555
Interno: 320
Centro de Investigación Clínica (CIC-P)
Dirección: Mercedes 1737 (EDIFICIO ANEXO)
Teléfono: (598) 2409 2227
Fax.: (598) 2401 1631
Primeros días de aplicación de la ley de internación compulsiva
Durante años fue costumbre: todos los sábados sonaba el timbre de mi casa y una muchacha pelirroja, que no superaba los 16 años, les pedía a mis padres comida o dinero. Iba con su hija, Vera. Mi madre les daba lo que había guardado para ellas. Años después, la que empezó a tocar el timbre fue Vera, y estaba embarazada. En ese entonces no superaba los 15 años ni pesaba más de 50 quilos. Nos contó que su madre había «caído en las drogas» y que entraba y salía de instituciones de salud. Luego empezaron a venir otras niñas –pelirrojas y con pecas muy características–, hasta que un día el timbre dejó de sonar.
Vera ahora vive en una carpa armada con nailonen el centro de Montevideo, junto conun ejército de niños pelirrojos como ella. Hace poco me acerqué a saludarla y le conté quién era; al principio le costó, pero recordaba. En sus brazos esqueléticos no había espacio para otra cicatriz. Me dijo: «Me contó una compañera que ahora nos pueden llevar así nomás, sin permiso ni nada. ¿Qué hago con los botijas si me pasa eso?».
«No existe un abordaje integral que piense en cómo atender a las personas, y sus familias, que están en situación de calle», dice Carolina Moll, secretaria general de la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay. La profesional hizo énfasis en que la atención a esta población ya está prevista en la Ley de Salud Mental (19.529), en sus artículos 30 y 31, que estipulan una hospitalización involuntaria en caso de que exista «riesgo inminente de vida» o se vea «afectada por su capacidad de juicio». Según Moll, «no termina de entenderse por qué y cuál es la necesidad de esta nueva normativa cuando ya existe la anterior, que de por sí no tiene recursos y ahora se ponen en coordinación a más ministerios y, nuevamente, seguimos con los mismos recursos que antes». La psicóloga se refiere a la reciente sanción de una modificación a la Ley de Prestación de Asistencia Obligatoria por parte del Estado a las Personas en Situación de Calle (ley 18.787), que había sido aprobada en 2011, durante el gobierno de José Mujica.
El gobierno actual alegaba que era necesaria más celeridad para ejecutar el proceso de internación, algo que a su juicio la ley de 2011 impedía, e impulsó en 2022 un proyecto de ley en el Parlamento para modificarla. El texto fue aprobado en mayo de este año y fue considerado un asunto prioritario de esta administración por el propio presidente, Luis Lacalle Pou. El 22 de agosto los ministerios de Desarrollo Social (MIDES), del Interior (MI) y de Salud Pública (MSP) aprobaron el decreto reglamentario, que incluye un nuevo protocolo para llevar adelante lo dispuesto.
Entre otras cosas, la nueva propuesta incorpora la posibilidad de que la internación sea decretada por un médico no especialista, lo cual teóricamente agiliza el procedimiento. Además, se autoriza que la internación se funde en motivos psiquiátricos (y no solamente en el riesgo de vida). Más concretamente, la nueva ley que sustituyó el único artículo de la ley 18.787 refiere a personas cuya capacidad de juicio se ve «afectada como consecuencia de una descompensación de su patología psiquiátrica o por consumo de sustancias psicoactivas».
El dispositivo se puso en marcha el 25 de agosto. Según el nuevo protocolo de actuación, será el MIDES el responsable de recibir las denuncias, brindar una asistencia primaria y, en caso de encontrar «riesgos de graves enfermedades o riesgo de muerte», ponerse en contacto con médicos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) para que se brinde «la atención correspondiente». En caso de que la persona en cuestión se niegue a ser atendida, será potestad del MI el «auxilio y [la] colaboración para asistir al personal médico». Por su parte, el MSP «colaborará en todo lo necesario, dentro de su competencia».
En lo que compete a ASSE, la persona será llevada a una de sus puertas de emergencia. En caso de que el paciente involuntario lleve consigo su cédula de identidad y cuente con mutualismo, será trasladado al centro correspondiente. Si la hospitalización se hace efectiva –eso lo determinará el médico de guardia–, comienzan a regir los mismos protocolos que ya están dispuestos en la Ley de Salud Mental, que, por cierto, sugiere que el mejor abordaje, excepto en casos extremos, es la no hospitalización. Por su parte, el MI tendrá a su cargo «brindar garantías a requerimiento del MIDES o ASSE en el ámbito exclusivo de su respectiva jurisdicción», además de acompañar –en caso de ser necesario– los traslados. Luego, será la Dirección Nacional de Bomberos la que se encargará de limpiar la escena para que no queden rastros de que alguna vez alguien estuvo viviendo allí.
Después de la internación y la estabilización de la persona, se le da el alta correspondiente. El protocolo no prevé cuál será su destino posterior.
Puerta giratoria
Desde 2022 existe la Comisión Nacional de Contralor de la Atención en Salud Mental, que entre sus integrantes cuenta con representantes del MSP, de la Sociedad de Psiquiatría del Uruguay (SPU), de las organizaciones de la sociedad civil en salud mental y derechos humanos, de las facultades de Psicología, de Derecho y de Medicina de la Universidad de la República, de los trabajadores de la salud mental, de la Coordinadora de Psicólogos del Uruguay, del Sindicato Médico del Uruguay, de la Federación Uruguaya de Psicoterapia y de los usuarios.
La psiquiatra del MSP y vocera de la comisión, Graciela Alfonso, explicó que pronto emitirán un comunicado al respecto de la polémica encendida por la aprobación de la nueva ley y su correspondiente protocolo. Según entiende, lo más destacable es que en la Ley de Salud Mental ya existen dispositivos previstos para las personas que no puedan o no quieran quedar ingresadas en un hospital. Esos dispositivos, dispuestos desde 2017, todavía no se han puesto en marcha, por tanto, en estos casos lo más común es que el paciente que no queda ingresado en un centro hospitalario simplemente retorna a la misma situación en la que estaba. Alfonso recalcó que la visión más extendida entre los integrantes de la comisión se relaciona con velar por el cumplimiento de la Ley de Salud Mental.
La psicóloga Cecilia Baroni, integrante de la comisión como representante de las organizaciones de la sociedad civil en salud mental y derechos humanos, entiende que la internación compulsiva es la última herramienta, cuando todos los demás abordajes fallaron, «no solamente para las personas en calle, sino también para quienes están en sus casas pero no quieren realizar tratamientos», apuntó. Baroni explicó que este recurso se utiliza en situaciones demasiado graves o de cronicidad. «No es un tema de que no haya que utilizar esta herramienta, está en la ley, pero es el último recurso», enfatizó. La psicóloga destacó que es «muy frustrante» cuando se convence a las personas para que se internen pero no hay lugares disponibles: «La primera gran paradoja es meter una ley cuando no se ponen recursos para que existan lugares de internación o, en el caso de gente en calle, soluciones habitacionales. Acá se pone énfasis en una figura, cuando la tenés que poner en otra, que es darles un lugar donde estar», afirmó, y dijo que «queda como primera herramienta la internación compulsiva cuando, además, no hay lugar».
Baroni expresó que «vivir en la calle no es un derecho, el derecho es tener un hogar. Muchas veces se tergiversa mucho ese discurso de la calle como un derecho, cuando en realidad la persona está ahí porque no tiene otra solución». La psicóloga recordó que en este último período de gobierno hubo un retiro de los equipos que trabajaban con las personas en situación de calle, incluso los del MIDES. Estos equipos, de acuerdo con Baroni, tenían como objetivo recorrer y convencer a las personas de que fueran a centros de salud. «También hubo cosas buenas, como los centros nocturnos que pasaron a ser 24 horas, lo cual hace que la gente no esté en la calle todo el día, aunque también trae otros problemas», dijo. A la vez, explicó que estos centros necesitan personal capacitado: «Nosotros trabajamos con un eje llamado eje locura-pobreza. Es decir, mucha gente no quiere adherir a centros por temas de violencia, robos, maltratos por parte de los compañeros y también de los educadores; […] las lógicas son bastante perversas para poder mantener esos lugares. No se le puede exigir a la persona que deje de consumir o no duerma más allí. Se necesitan abordajes para sostener a la persona que está alcoholizada o consumiendo hasta que se le vaya el efecto para poder hablar con ella, y eso te requiere por lo menos un técnico acompañando».
El presidente de la SPU, Artigas Pouy, entiende que el problema recae en la salida del individuo, que, una vez estabilizado, vuelve, otra vez, a la calle. «La solución que se anunció mucho como una internación compulsiva no explica que esto es solamente un traslado involuntario a un centro de salud que, más allá de lo que se haga, si no hay un sostén, no va a funcionar», declaró Pouy. Asimismo, recalcó que esta normativa les parece «innecesaria» y que ya están estipulados en el artículo 30 de la Ley de Salud Mental todos los recaudos dirigidos a proteger los derechos del individuo: dar aviso a la comisión de contralor, a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo y al juez competente. «Estas tres notificaciones siempre se deben hacer, no se pueden eludir; eso brinda garantías respecto de los derechos del individuo», dijo el psiquiatra.
Además, según Pouy, lo que la sociedad viene reclamando es la construcción de hogares de medio camino, centros de rehabilitación, dispositivos no sanitarios pero fundamentalmente sociales para la reinserción de esta población. «Los recursos no son suficientes», acentuó el psiquiatra.
Pouy también se refirió a la estigmatización que provoca ver en la televisión cómo se llevan a los individuos y lo clasificó como un «atentado contra los derechos de cualquier persona». Agregó: «Ya que se esté mencionando a estas personas como un universo homogéneo es una cosificación». Consultado sobre qué sucede con los menores de edad cuando el trasladado es el adulto responsable, el psiquiatra afirmó que eso no está contemplado en la guía de actuación actual.
Luis Giménez, también integrante de la comisión por la Facultad de Psicología, psicólogo y docente grado 5, explicó que esta ley «se ha llamado equivocadamente como internación involuntaria cuando, en realidad, lo que regula es el traslado de una persona en situación de calle que está en una situación de riesgo». Esto, por otra parte, a su modo de ver, no agrega nada a la Ley de Salud Mental ya existente. «Esta normativa no sustituye lo que ya está estipulado, que es que cuando la persona es trasladada se debe definir en puerta si se dan las causales o no de la hospitalización», dijo Giménez, y detalló: «Cuando hay un riesgo de vida inminente, no se necesitaba esta normativa para poder intervenir, se hacía con la ley anterior».
Lo que se puede encontrar de nuevo en esta ley, para el psicólogo, es que «el hecho de no trasladar a las personas puede determinar un deterioro considerable de su salud o impedir que se le proporcione un tratamiento médico adecuado que solo puede aplicarse mediante una hospitalización». Esto, a su vez, «es una referencia muy laxa, porque ¿qué cosa podría no deteriorarse si se permanece en una situación de calle?», se preguntó retóricamente; «si tuviera que responder por la negativa, me vería en aprietos porque no puedo imaginar qué puede no deteriorarse cuando alguien vive a la intemperie, en las condiciones que eso implica», dijo. Sobre la hospitalización, en tanto, adujo: «La Ley de Salud Mental también dice que es un recurso extremo, no un primer recurso y, además, establece que no debe usarse para resolver situaciones de vulnerabilidad social o de carencia de vivienda», finalizó el psicólogo.
Hasta el momento, siete personas han sido trasladadas contra su voluntad en el marco de la nueva normativa.