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"Salud mental en la encrucijada"

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La ley que sustituirá a las normas de 1936 y una recorrida por modelos de cuidado alternativos
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Revista Lento
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Conductor/a - Periodista
Federico De Los Santos / Karen Parentelli
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Los otros perros

Federico De Los Santos

Psicópatas. Ése es el término con el que el ordenamiento jurídico uruguayo define a los pacientes psiquiátricos. La ley vigente lleva la firma de Gabriel Terra y se promulgó durante la dictadura que siguió al golpe de Estado que dio en 1933, dos años después de haber sido electos por las urnas. En el legado de Terra, que incluye detenciones políticas en la Isla de Flores y el suicidio de Baltasar Brum el día del golpe, figura también la creación del Ministerio de Salud Pública (MSP) en 1934, tras la unificación de varios organismos que funcionaban dispersos, parte de un plan para reordenar recursos y afrontar las consecuencias tardías de la crisis del 29. (El primer titular del Ministerio fue Eduardo Blanco Acevedo, médico y consuegro de Terra).

La norma define procedimientos para realizar internaciones y organiza la atención en salud mental, que básicamente se divide asilos, colonias y asistencia familiar. Anterior a la Declaración Universal de Derechos Humanos, a la especialización en Psiquiatría y a que la psicología se consolidara como disciplina en el país, la ley cumple 80 años en 2016. Para algunos trabajadores de la salud mental, no envejeció nada bien.

Es una ley que ha quedado desfasada en los avances en asistencia , pero también en cuanto a los acuerdos internacionales que Uruguay ha ratificado – dice Nelson De León, psicólogo, docente e integrante de la Asamblea Instituyente por Salud Mental, Desmanicomialización y Vida Digna, un movimiento de trabajadores y usuarios que desde 2012 milita por otro paradigma de atención.

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La condena de ser inimputable

Karen Parentelli

 

Un lunes 13 de agosto vino a romper su rutina, pasar a buscar a su hija de cinco años, llevarla a su casa en Malvín y, cuando ya no le quedara más sol al día, despedirla para que volviera a lo de su madre. Según el acta de procesamiento, ese día el hombre de 46 años llamó a la casa de su esposa, de la que estaba separado. Ella loe escuchó agitado; las palabras se cortaban y su voz se frenaba en rápidas exhalaciones de aire. No dudó y pidió un taxi. Entró a la casa y chocó contra los ojos dilatados de su marido, que, sentado entre abrazos y caricias, sostenía lo que a esa hora ya era el cuerpo de su hija. El rojo que le inundaba las manos llegaba hasta el piso y teñía la ropa, mientras sonaban sus incoherencias.

-No estoy loco. A mi me quitaron a la niña y la metieron dormida... cuando me suben a la camioneta le pregunté a Marta por qué me quitaron a Julieta de mis brazos, qué estaba pasando y por qué la llevaban al hospital – declaró el hombre ya en la sede judicial. Más tarde, el informe del perito psiquiátrico diría que “interpreta todos los sucesos en un contexto delirante”.

Esquizofrenia paranoide -uno de los tipos de psicosis crónica-, diagnosticó el psiquiatra del caso: el hombre no fue capaz de determinarse (término del Código Penal), en el momento en que le arrancó la vida a su hija sin motivo y dejó un cuerpo con más de 50 perforaciones de destornillador. El juez tomó la sugerencia del perito: lo procesó como autor penalmente inimputable de un delito de homicidio especialmente agravado y dispuso que lo internaran en la sala de seguridad del Hospital Vilardebó.

A veces, personas sin comportamiento sociales atípicos aparentes se descompensan y en contextos de angustia o estrés realizan actos impredecibles, explica el psicólogo, docente y columnista radial Jorge Bafico. “Te ocurre algo que no tiene por qué ser traumático- desde una conversación con un amigo a algo que ves en la computadora- pero que te genera angustia. Te puede hacer llorar o te podes deprimir, pero en otras personas eso mismo implica la locura”, dice. La condensación del delirio en una única acción sin justificación es al menos común de las manifestaciones de la locura; la psicología lo llama puro pasaje al acto.

Para la psicóloga Alejandra Gutiérrez, docente del área clínica de la Facultad de Psicología (Universidad de la República), solo puede ser inimputable “un sujeto que en el momento que comete el acto no puede discernir las consecuencias”. La psiquiatra Marta Piquinela, perita del Instituto Técnico Forense, un órgano auxiliar del Poder Judicial, afirma que para declarar a alguien inimputable “hay que estudiar su capacidad para discriminar conductas”. Es el juez quien tiene el poder de declarar la imputabilidad ante casos específicos y siempre luego del asesoramiento de peritos psiquiátricos y las sugerencias del fiscal o el abogado del caso.

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