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Grado 1

Para este grado se requiere idoneidad moral y capacidad probada según lo que establezca cada Servicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° literal c) del EPD.

Se trata de un cargo de formación, en el que el docente ejerce tareas de colaboración en la función de enseñanza, actuando siempre bajo la supervisión de docentes de grado superior. La forma de esta supervisión se define en el marco de cada Unidad Curricular. Puede colaborar en el desempeño de las otras funciones docentes establecidas en los artículos 1° y 2° siempre que estén orientadas fundamentalmente hacia su propia formación.

 

EFECTIVOS

INTERINOS

 

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