Aprobado por el CED el 13 de diciembre de 2010:
- El jefe inmediato del accidentado (docente, funcionario, becario o pasante) o en su defecto el superior que le siga deberá comunicar el hecho en forma inmediata a Sección Personal del servicio donde cumple funciones.
- Sección Personal completará el formulario de “DENUNCIA DE ACCIDENTE” que brinda el Banco de Seguros del Estado, teniendo presente que el número de CARPETA es el 165.009 indicando que pertenece a la Universidad de la República.
El accidentado debe estar registrado en el Banco de Previsión Social, Gestión de Afiliaciones (GAFI).
Asimismo según los decretos 64/04 y 169/04 la denuncia también debe efectuarse en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social descargando el formulario disponible en el sitio web del Ministerio y enviándolo al correo denuncia.accidente@mtss.gub.uy y en el Ministerio de Salud Pública
(https://trantor.msp.gub.uy/uvisap/servlet/hinicio o al Departamento de Vigilancia en Salud, Tel. 24091200.
- El funcionario accidentado en Montevideo, deberá trasladarse -o ser trasladado según el caso -al Sanatorio del Banco de Seguros -(Si se trata de una urgencia o emergencia trasladar al trabajador inmediatamente a la Central de Servicios Médicos (C.S.M.) del B.S.E., ubicado en la calle Julio Herrera y Obes 1426 entre Mercedes y Colonia. Si se trata de un accidente que no reviste mayor gravedad el ingreso debe realizarse por la calle Mercedes 1004 esquina Julio Herrera y Obes, para recibir asistencia). Al ingresar deberá entregar el formulario de Denuncia de accidente completo o Sección Personal deberá hacerlo llegar en el plazo de 72 horas corridas, establecido en el Art. 48 de la Ley 16.074.
Si el accidente se produjo en el Interior, se deberá trasladar al trabajador a un centro asistencial perteneciente a la FEMI (consultar las direcciones en la Sucursal del departamento, en la Agencia más cercana, o llamando al 1998) para recibir asistencia.
Al ingresar deberá entregar el formulario de Denuncia de accidente completo o Sección Personal deberá hacerlo llegar en el plazo máximo de 5 días hábiles, establecido en el Art. 48 de la Ley 16.074.
Se deberá comunicar el accidente a la COSSET Comisiones Salud y Seguridad para Estudiantes y Trabajadores del servicio y realizar el registro del accidente y esta lo comunicará a PCET-MALUR. (pcetmalur@oce.edu.uy).
- Una vez asistido, el funcionario accidentado deberá presentar en Sección Personal el triplicado del formulario indicado -que le fuera devuelto al accidentado por el B.S.E. a efectos de que Sección Personal realice la comunicación a la División Universitaria de la Salud para la certificación que corresponda.
- Otorgada el alta por el Sanatorio del B.S.E. ,el funcionario deberá entregar la constancia en Sección Personal y en la División Universitaria de la Salud.
- Sección Personal comunica al Departamento de Contaduría para su conocimiento especificando: nº de siniestro, nombre completo del accidentado, fecha del accidente y período por el cual está cubierto por el BSE.
El funcionario continuará percibiendo su sueldo por la UdelaR.
Asimismo, tiene la obligación de asistirse en el Sanatorio del Banco de Seguros del Estado y el organismo de denunciar el accidente.
Definición y alcance de Accidente de trabajo:
- Hecho imprevisto y no intencionado, inclusive los actos de violencia, que se deriva del trabajo o están en relación con el mismo y provoca una lesión corporal, una enfermedad o la muerte.
- Los accidentes de tránsito durante el desarrollo de la tarea laboral están contemplados en la Ley 16074 sobre Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales ya que en el Artículo 14 expresa que “No será considerado accidente del trabajo el que sufra un obrero o empleado en el trayecto al o del lugar de desempeño de sus tareas, salvo que medie alguna de las siguientes circunstancias:
a. que estuviere cumpliendo una tarea específica ordenada por el patrono;
b. que éste hubiera tomado a su cargo el transporte del trabajador;
c. que el acceso al establecimiento ofrezca riesgos especiales.
Accidentes de tránsito en ruta:
Llamar al teléfono 1994, para que personal del B.S.E. se traslade al lugar del accidente donde registrará el informe del siniestro.
En caso de accidentes que involucren personas lesionadas o fallecidas deberá además realizar la denuncia policial.
Según el caso se deberá trasladar al funcionario accidentado al Sanatorio del Banco de Seguros o a un centro asistencial perteneciente a la FEMI.